(Arriba, Sakineh Mohammadi Ashtiani, condenada a muerte por lapidación en Irán por adulterio. Abajo, un simulacro de lapidación femenina durante una protesta en Bruselas).

El gobierno iraní dijo que no sería lapidada a través de un comunicado de su embajada en Londres. Pero el canciller, Manucher Mottaki, aseguró que la sentencia sigue en pie y, cuándo no, que las dudas al respecto forman parte de una sórdida maquinación occidental.
Lo cierto es que Sakineh Mohammadi Ashtiani sigue en peligro. Condenada por adulterio, la ley penal iraní, basada en la sharia islámica, le impone tal castigo.
“Confesó” bajo coacción, y luego se desdijo. Madre de dos hijos y de origen azerí, ni siquiera comprende cabalmente la lengua persa, en la que se redactan los documentos que la llevan a la muerte.
Ya flagelada 99 veces en 2006, dos de los cinco jueces del tribunal la declararon inocente por falta de pruebas, pero otros tres hicieron lo contrario amparándose en los poderes que les da a los magistrados la constitución iraní para que actúen más allá de evidencias y de acuerdo con su convicción íntima.
La Comisión de Amnistía e Indulto ya le ha negado dos veces el perdón.
El caso de Sakineh ha sido tomado como bandera por Amnistía Internacional y otros organismos defensores de los derechos humanos, que presionan fuerte en estas horas con campañas internacionales. Según la organización humanitaria, “por lo menos otras ocho mujeres y tres hombres” siguen en la lista a esta mujer. La lista previa es interminable.
Esto, entre otras cosas, se defiende cuando se defiende a Irán. No importa cuán malos sean los enemigos de la República Islámica, justificar a ese régimen oscurantista y cruel implica aplicar un relativismo cultural al concepto de los derechos humanos que sería muy difícil sostener fronteras adentro de nuestro país. ¿Cómo, por caso, se puede defender a un país que ahorca a sus homosexuales (aunque su presidente haya dicho, hilarante, en una universidad de EE.UU. que en Irán no los hay) mientras se festeja hoy el impresionante logro social del matrimonio igualitario?
El diario El País resume las disposiciones legales que reglan la lapidación en Irán.
“El proceso está descrito, con toda la frialdad de los textos legales, en los artículos 98 al 107 del Código Penal iraní, que incluso establece quién debe tirar la primera piedra”, explica.
“En primer lugar, se entierra en un agujero al condenado, ‘hasta la cintura’ si es un hombre y ‘hasta por encima de los senos’ en el caso de las mujeres, según estipula el artículo 102. Parece evidente que es más fácil escapar del agujero en el primer caso, extremo que garantiza el perdón si no hubiera testigos (artículo 103). También se determina (artículo 104) que ‘las piedras no pueden ser tan grandes como para que maten a la víctima al primer o segundo golpe, pero tampoco tan pequeñas que no puedan ser llamadas piedras’», continúa.
“En el caso de que la condena haya sido fruto de la confesión (…), el juez tiene la responsabilidad de arrojar la primera piedra. Si hubiera habido testigos, serían estos quienes tendrían el dudoso honor; a continuación, vendría el juez y el resto de los presentes en la ejecución que por ley no pueden ser menos de tres”.
“Dado que las lapidaciones son muy polémicas, suelen celebrarse a puerta cerrada y es por tanto difícil saber qué tipo de personas acceden a participar en un castigo tan cruel. Hay que tener mucho estómago para aguantar la lenta agonía que garantiza el goteo de piedras hasta qué las hemorragias o la fractura del cráneo causan la muerte”, concluye.